En resumen
- La potencia contratada suele ser el mayor sobrecoste: se dimensionó para el arranque del ascensor y nunca se revisó.
- Si la comunidad tiene más de 15 kW, paga seis periodos de potencia y puede tener penalización por energía reactiva.
- Las placas solares comunitarias se aprueban con un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas.
1. Dónde consume una comunidad
- Ascensores: consumen poco en total, pero tienen picos de potencia en el arranque.
- Alumbrado de portal, escaleras, garaje y exteriores, muchas veces encendido de noche.
- Grupo de presión y bombas de agua.
- Ventilación del garaje y puertas automáticas.
- Piscina y depuradora, en las urbanizaciones que la tienen.
2. La potencia, el primer sitio donde mirar
Es habitual encontrar comunidades con 15, 20 o más kW contratados que nunca pasan de la mitad. Con el contador inteligente se puede ver la potencia máxima real de cada mes y ajustar la contratada con seguridad, dejando margen para que el ascensor arranque sin problemas.
Si la comunidad tiene más de 15 kW, está en la tarifa 3.0TD y paga seis potencias distintas según la hora y la temporada. Ajustarlas una a una suele ser el mayor ahorro. Lo explicamos en la guía de tarifa 3.0TD.
3. La penalización por energía reactiva
Los motores de ascensores y bombas generan energía reactiva. En suministros de más de 15 kW, si supera un tercio de la energía consumida, la distribuidora cobra un recargo que aparece en la factura como energía reactiva. Se elimina instalando una batería de condensadores, una inversión que suele recuperarse en poco tiempo cuando hay penalización todos los meses.
4. La tarifa según el horario de consumo
El alumbrado nocturno y las bombas que funcionan de madrugada consumen en horas valle. Una tarifa con horarios encaja mejor que un precio único en muchas comunidades. Además, la mayoría lleva años con el mismo contrato porque nadie tiene tiempo de revisarlo.
5. Mejoras que se pagan solas
- Iluminación LED con detectores de presencia en escaleras y garaje.
- Temporizadores o sensores de luz en el alumbrado exterior.
- Revisión de la ventilación del garaje para que no funcione más horas de las necesarias.
6. Placas solares en la comunidad
La cubierta del edificio puede alimentar las zonas comunes, las viviendas o ambas. Lo que dice la normativa en 2026:
- Aprobación: según el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, basta con el voto de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas.
- Quién paga: los que votan en contra no pagan la instalación ni su mantenimiento. Si más adelante quieren usarla, deben abonar la parte que les habría correspondido, actualizada y con intereses.
- Reparto: en autoconsumo colectivo, la energía se reparte entre los participantes con unos coeficientes que se pactan.
- Distancia: en 2026 el autoconsumo colectivo se ha ampliado a instalaciones situadas a hasta 5 km, lo que abre la puerta a edificios sin cubierta útil.
7. Para administradores de fincas
Si gestionas varias comunidades, el ahorro está en revisarlas todas con el mismo criterio. Lo que hacemos con los administradores con los que trabajamos:
- Recogemos los CUPS de todas las comunidades.
- Preparamos un informe por comunidad con potencia, tarifa, reactiva y ahorro, listo para llevar a la junta.
- Gestionamos los cambios y hacemos una revisión anual sin coste.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos votos hacen falta para poner placas solares en una comunidad?
Según el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, un tercio de los propietarios que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
¿Tienen que pagar las placas los vecinos que votan en contra?
No. Los que votan en contra no pagan la instalación ni su mantenimiento. Si más adelante quieren participar, deben abonar la parte que les habría correspondido, actualizada.
¿Por qué mi comunidad paga energía reactiva?
Porque los motores de ascensores y bombas generan energía reactiva. En suministros de más de 15 kW se penaliza si supera un tercio de la energía consumida. Se corrige con una batería de condensadores.
Guía elaborada por el equipo de asesores de Ayram Energías con la normativa vigente en septiembre de 2026. Las cifras son orientativas: tu caso concreto lo calculamos con tu factura.
